Caso Débora Pérez Volpin: la anestesista apeló su procesamiento

Sociedad 26/06/2018 . Hora: 07:33

Para el abogado de Nélida Inés Puente, el juez del caso se basó en "consideraciones personales erróneas". La mujer está acusada de cometer un "homicidio culposo".

El juez de instrucción Carlos Bruniard había procesado la semana pasada al endoscopista Diego Bialolenkier y a Puente, acusados de cometer el delito de homicidio culposo. Cada uno recibió un embargo de $ 1.700.000 sobre sus bienes, pero seguirán en libertad ya que los procesamientos fueron dictados sin prisión preventiva.

En relación a la responsabilidad de Puente, el juez sostuvo que la mujer "advirtió tardíamente el cuadro que presentaba Pérez Volpin, y en el que había entrado en razón del proceder previo del endoscopista Bialolenkier". "Dicha demora y su posterior desempeño contribuyó al desenlace final luctuoso, verificándose en ese resultado tal infracción al deber de cuidado antes aludido", agregó.

Según Bruniard, Puente "confiada en que se trataba de un estudio de rutina en el cual estadísticamente no se registran complicaciones, desatendió los signos vitales de su paciente, recostándose en el equipo que la monitoreaba".

Sin embargo, en la apelación, Gerome enumera una serie de argumentos con el fin de exponer lo que, para él, fue una resolución (la del juez) basada en "consideraciones personales erróneas, que pierden validez al ser dogmáticas y no estar fundadas en pruebas" integradas a la causa.

"Sus conclusiones no se apoyan en los informes médicos obrantes en la causa sino en las afirmaciones vertidas por la querella en esta causa y en los medios", consideró el abogado de Puente y agregó que el magistrado valoró las declaraciones testimoniales de la causa "en una forma caprichosa, al interpretar de tendenciosamente alguna de ellas".

Para Bruniard, Puente obvió controlar el estado de la paciente y recién advirtió la desaturación de oxígeno que ella sufría una vez que el equipo que monitoreaba hizo sonar su alarma, llamado pulsioxímetro. Sin embargo, Gerome considera esa observación como "errónea" y explica, basado en información de la Organización Mundial de la Salud, que ese aparato alerta de manera precoz sobre anomalías en el oxígeno del paciente.

"No puedo entender cómo el juez interpreta que la Dra. Puente falló en su obrar al confiar en los monitores que utilizaba, cuando, como estamos analizando, la alerta que provee el oxímetro de pulso es más precoz que cualquier observación clínica", detalló el abogado en su apelación.

Gerome aclaró que, en un principio, se creyó que el cuadro que padecía Pérez Volpin ante la complicación era una reacción alérgica y luego tildó de "caprichosa interpretación" la del juez respecto de las declaraciones como testigos de los médicos del Sanatorio de la Trinidad, que llegaron cuando el cuadro de Pérez Volpin se complicó, aquel 6 de febrero pasado, cerca de las 17.30.