Este martes la Corte Suprema dará sentencia sobre uno de los temas relacionados a las jubilaciones que descansan en los despachos de Tribunales. En este caso, los ministros decidirán si es constitucional que las jubilaciones sean objeto del pago de impuesto a las Ganancias. El fallo de segunda instancia de un juzgado de Paraná consideró que los haberes no constituyen una ganancia y que como el trabajador retirado ya tributó durante su vida activa, esto significaría una "doble imposición".
De acuerdo a la agenda de fallos relevantes de la primera mitad del año elaborado por el máximo tribunal hace algunas semanas, este 26 de marzo será el turno de la primera sentencia sobre jubilaciones. Entre todos los casos llegados a los escritorios de la Corte en reclamo del cese de cobro de Ganancias a los haberes, el que eligieron los ministros por consenso fue el de María Isabel García.
García inició su juicio en 2015 en los tribunales federales de Concepción del Uruguay. El Juzgado Federal N°2 de esa ciudad declaró que es inconstitucional que el fisco le cobre Ganancias a su jubilación. Dos años después, el 18 de mayo de 2017, la Cámara Federal de la capital entrerriana rechazó la apelación de la AFIP, que recurrió así a la Corte Suprema.
Uno de los argumentos centrales para determinar que los haberes no deben ser sujetos impositivos es que existiría, de esa forma, una doble imposición: la jubilada García ya había pagado el impuesto a las Ganancias durante su vida activa. Este alegato aparece replicado en algunos de los cerca de 2000 expedientes que esperan una respuesta de la Corte Suprema.
Como referencia, el caso García se inició dos años antes del último cambio en la ley del impuesto a las Ganancias, que creó un régimen especial del impuesto para los jubilados. Desde 2017, pagan el tributo aquellos adultos mayores que ganan más de seis veces la jubilación mínima (hoy, a partir de los $62.400 mensuales). Pero las escalas y las alícuotas son similares a las que rigen para quienes están en la vida activa.
Una vez que el máximo tribunal sentencie sobre la constitucionalidad de Ganancias sobre los haberes, la Corte tiene también agendado para la primera mitad del año un fallo sobre el viejo caso Badaro, de 2006. Se trata en rigor de una demanda de la Defensoría del Pueblo, que en su momento reunió a un grupo de jubilados para iniciar un juicio. Como los efectos prácticos de la sentencia (tanto para los jubilados como para el fisco) serían leves, se espera que el tribunal decida si reconoce a la Defensoría como "vehículo" de demandas colectivas.
Para otro momento del año, aún sin fecha prevista, quedará el caso Hartmann. Se trata de un fallo, también de la Sala II de la Seguridad Social, que determinó que ningún jubilado puede cobrar menos del 70% de lo que percibía durante su etapa activa. En términos de costo fiscal para el Gobierno sería un caso más relevante que los dos que considerará la Corte en el primer semestre de este año.





