Promulgaron la ley que permite a empresas financiar campañas políticas

País 31/05/2019 . Hora: 10:04
Promulgaron la ley que permite a empresas financiar campañas políticas

El presidente Mauricio Macri promulgó la ley de financiamiento de los partidos políticos que permite a las empresas realizar aportes a las campañas electorales, con un veto parcial que eliminó una de las restricciones que fijó la norma a esas compañías.

En el artículo quinto, el texto de la ley de financiamiento político aprobada por el Congreso marca -entre otras restricciones- que los partidos políticos no podrán aceptar aportes o donaciones de personas humanas o jurídicas que se encuentren, por ejemplo, "imputadas en un proceso penal en trámite por cualquiera de las conductas previstas en la ley penal tributaria vigente".

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A través de un decreto de necesidad y urgencia publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno observó puntualmente un tramo de la norma que impide realizar aportes a quienes "sean sujetos demandados de un proceso en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación por reclamo de deuda impositiva".

El argumento que esgrimieron en el Gobierno para emitir el veto parcial es de tipo técnico.

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"El Tribunal Fiscal de la Nación es un organismo que recibe reclamos de los contribuyentes contra resoluciones dictadas por la AFIP. El contribuyente no es el demandado sino el que demanda si cree que no le corresponde pagar un impuesto", explicaron en la Dirección Nacional Electoral. Un funcionario de Casa Rosada que participó de la decisión oficial explicó: "Si el espíritu de la ley era prohibir que los evasores sean aportantes, fue un error apuntar al Tribunal Fiscal de la Nación".

En el decreto se argumentó que "el término sujetos demandados no resulta técnicamente correcto, por cuanto de acuerdo con la Ley N° 11.683 de Procedimiento Tributario, el Tribunal Fiscal de la Nación -más allá de la naturaleza jurídica de sus facultades- es una instancia administrativa ante la cual los contribuyentes pueden recurrir la intimación de la AFIP al pago de sanciones o tributos, por lo que no hay sujetos demandados ante dicho tribunal sino que, por el contrario, ante él ejercen las personas humanas y jurídicas un derecho que se les otorga frente a los posibles incumplimientos de la administración".

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