Estas actividades se podrán realizar desde el lunes durante la cuarentena

Sociedad 19/04/2020 . Hora: 09:18
Estas actividades se podrán realizar desde el lunes durante la cuarentena

Ayer, el Gobierno nacional publicó un decreto, en el que dio a conocer qué actividades quedarán flexibilizadas de la cuarentena. En el expediente, se advierte que 22 provincias -incluida la Capital Federal- fueon las que se encargaron de solicitar estos pedidos. En una conferencia de prensa en la Quinta de Olivos, el presidente Alberto Fernández se refirió a esta situación como una 'cuarentena administrada'. Conocé cuáles son las actividades que retornarán el lunes, y qué provincias realizaron los pedidos.

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LOS CONSIDERANDO DE LA MEDIDA

En la primera parte de la Resolución, el Gobierno recordó que, el pasado 19 de marzo, se implementó el 'aislamiento social preventivo obligatorio' que, en un principio, se estiraría hasta el 31 de marzo, pero que se prorrogó al 12 de abril, y luego hasta el 26. Esas disposiciones quedaron plasmadas en el decreto 355/20. Asimismo, se recuerda que Santiago Cafiero, como Jefe de Gabinete, será el encargado de ampliar y reducir las excepciones.

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Además, se recordó que los 'gobernadores' de las provincias podrían pedir a Cafiero las actividades que se sumen a las excepciones. Éste -por el Jefe de Gabinete- evaluaría en conjunto con el ministerio de Salud teniendo en cuenta las diferentes situaciones epidemiológicas que se observan dentro del país e inclusive dentro de la misma jurisdicción. En este marco, 22 distritos, en los que se incluye la Ciudad de Buenos Aires, solicitaron la excepción a determinadas actividades y servicios.

ACTIVIDADES EXCEPTUDAS EN PROVINCIAS

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De acuerdo a lo que se estableció, el próximo lunes se habilitaron once actividades en función de los pedidos de 22 distritos. 'Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos', es el primer pedido que se dispone en el decreto. 'Oficinas de rentas de las provincias, de CABA y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas', es la segunda actividad exceptuada. 'Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas', es el tercero.

Además, se agregó la 'venta de mercadería ya elaborada de minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes'. Asimismo, se indicó que se podrá realizar únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio'. 'En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público', dispuso la medida.

En la quinta excepción, se encuentra la 'atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo'. Luego, se eximió a los 'laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con turno previo'; además, se exceptuó a las 'ópticas, con sistema de turno previo'. En la octava actividad, se encuentran 'los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias'.

En la novena excepción, se ubican a los 'establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género'. Además en el siguiente inciso, se encuentra la 'producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo'. Por último, en la última excepción de la resolución, se encuentran los 'procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo'.

De acuerdo al decreto, las provincias solicitantes son La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones, Catamarca y la Capital Federal. En la Resolución, se advierte que cada actividad deberá tomar los recaudos necesarios, y que todos los trabajadores deberán circular con el Certificado Único Habilitante para Circulación.

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