La Justicia de La Plata rechazó un amparo de diputados de Juntos por el Cambio por las clases presenciales

Política 21/04/2021 . Hora: 07:08
La Justicia de La Plata rechazó un amparo de diputados de Juntos por el Cambio por las clases presenciales

La Justicia de La Plata rechazó otros dos amparos vinculados a las clases presenciales. En este caso fueron presentados por diputados de Juntos por el Cambio y escuelas privadas para pedir que no se suspendan las clases presenciales por entender que el fuero provincial no tiene competencia para expedirse sobre un decreto nacional.

Las resoluciones fueron adoptadas por los juzgados de Familia N° 3 y N° 6 que se suman al dictado ayer por el Tribunal del Trabajo N° 5 de La Plata.

STMLP

La titular del Juzgado de Familia 6, María del Rosario Rocca, sostuvo en su fallo que “lo dispuesto a nivel local ha de ser en directa aplicación de las directrices emanadas del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/2021, que por su naturaleza de norma nacional, escapa a la competencia de la justicia provincial”, al expedirse sobre la presentación de los legisladores Daniel Lipovetzky, Diego Rovella y Emiliano Balbín.

La magistrada agregó que “no corresponde el examen de la cuestión traída, a la luz de la falta de competencia para expedirme respecto de cuestiones de orden federal como lo es el dictado de un Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por la máxima autoridad del poder administrador, el que en su caso, ha de ser evaluado por la Justicia federal en el marco de las competencias que le son propias”.

MOSQUITO MLP

“Considerando que lo que se encuentra en juego es la interpretación y aplicación de una norma federal que excede el marco de la jurisdicción provincial conforme lo previsto en los arts. 116 CN y 2 de la ley 48, prevalece la competencia federal en el examen de la cuestión traída”, concluyó.

Por su parte el Juzgado de Familia N° 3, a cargo de Graciela Inés Barco, rechazó otra de las presentaciones por entender que no es el fuero adecuado para resolver el planteo.

TEST VIAJES

Cabe recordar que ayer lunes, el Tribunal N° 5 no hizo lugar al planteo del colegio Esseri ala sostener que “planteado el tema resulta evidente que se encuentra en juego la interpretación de normativa federal que excede el marco de la jurisdicción provincial, en tanto se trata de un DNU relativo a la pandemia de COVID-19 que azota a nuestro país (y al mundo) desde el año pasado, donde se prescriben medidas respecto de más de una jurisdicción, que no se limitan al área educativa sino que se integran como un paquete de medidas con otras vinculadas al orden público, seguridad y salud pública.”

“En ese sentido cabe señalar que resulta competente la justicia federal en materias que interesan esencialmente a la Nación, no pudiendo la justicia ordinaria avocarse a un asunto sobre la política sanitaria nacional en el marco de una pandemia”, graficaron.

TWITCH CADENA COOL
Dejar un Comentario