Este martes se llevaron a cabo los alegatos de la defensa de Alejo Alonso, el platense acusado de haber cometido un asesinato en City Bell en 1999.
El juicio es por el crimen del remisero Gaspar Ayala. Es el segundo debate oral del caso. En el primero Alonso resultó absuelto pero el Ministerio Público Fiscal recurrió al Tribunal de Casación de la provincia de Buenos Aires donde se anuló el veredicto y se ordenó que un nuevo Tribunal dicte sentencia. Esa resolución fue apelada por la defensa que llegó hasta la Suprema Corte bonaerense pero no logró revertir la sentencia de Casación.
La fiscalía pide 27 años de prisión y este 28 de abril se conocerá la sentencia.
Durante la audiencia de este martes, los abogados Alfredo Gascón y Miguel Molina brindaron los alegatos en defensa del acusado.
Los argumentos se desarrollaron en tres principales. En primer lugar, la innecesariedad de punibilidad. En ese sentido, plantearon la importancia del concepto de “responsabilidad”, donde se aborda a la “culpabilidad” como un hecho compuesto que permite diferenciar la culpabilidad de la necesidad de una pena.
Según los abogados, este concepto aplicaría para el caso de Alonso. “Se evidencia como el transcurso del tiempo ha operado favorablemente en un cambio del formato de la personalidad, lo que genera la falta de necesidad de pena en términos de responsabilidad. Es decir, hoy en día no es necesario reafirmarle a Alonso la vigencia de la norma”, argumentaron. En ese punto, resaltaron que el paso del tiempo es un “importante hecho a considerar”. También señalan que una pena resultaría contraria a los objetivos de resinserción social ya que Alonso ha permanecido largos años en libertad donde “rehizo su vida”
El segundo eje señala la inconstitucionalidad del monto mínimo de la pena. De acuerdo a la figura de homicidio simple, cabría corresponderle 8 años como piso mínimo. Los abogados la consideraron “desproporcionada”. “El problema de los mínimos demasiado altos, motivados quizás por cierta desconfianza con el criterio con el cual los jueces aplican las penas, provoca en ocasiones que la pena a aplicar no se pueda graduar conforme el grado de culpabilidad de los acusados. Y una pena desmesurada en relación al grado de culpabilidad es tan injusta como la condena a un inocente”, explicaron.
En tercer lugar, resaltaron que en caso de no prosperar esta consideración, se debería resolver el monto mínimo de 8 años. En este eje criticaron el pedido de la fiscal. Consideran que se trata de un monto “excesivo, injustificado y desproporcionado”. “No hay relación coherente entre los atenuantes tenidos en cuenta y el efectivo pedido de pena. Pareciera existir un quiebre lógico en este sentido”, agregaron.
EL CASO
La noche del 23 de octubre de 2000, Adrián Oscar Santana fue sorprendido cuando iba en su moto de reparto, en pleno barrio Norte de La Plata.
Recibió seis disparos de calibre 22. Tres de dieron en el tórax y le provocaron la muerte.Pocas horas después fue detenido Alejo Raúl Alonso, hijo de un médico policial y entonces estudiante universitario, bajo la sospecha de que había intervenido en el crimen.
El episodio provocó marchas callejeras organizadas por los familiares de la víctima y varios "escraches" en el domicilio del acusado.Algunos testimonios relacionaron el homicidio con una venganza: unos meses antes, Alonso y Santana habían tenido una pelea en la puerta de un bar ubicado cerca de los Tribunales Penales.
Tres testigos declararon que esa noche, luego de la disputa, y para que "lo dejara de molestar", Santana le habría pegado a Alonso con un palo en la cabeza. Entonces, éste lo habría amenazado con darle "el vuelto". Después del enfrentamiento, y según familiares de Santana, el repartidor de pizza trataba de salir poco porque tenía miedo de ser víctima de un ataque. Incluso, dejó de frecuentar el boliche donde se produjo la pelea