El titular del Juzgado de Garantías n°6 de La Plata, Agustín Crispo, le negó el arresto domiciliario a Ezequiel Terminiello González, quien se encuentra detenido por haber atropellado y causado la muerte al jugador de hockey de Gimnasia y Esgrima La Plata el pasado 1° de abril, Gian Luca Arcuri (23).
“Las argumentaciones realizadas por la defensa y los informes practicados (informe social y evaluación psicológica) resultan insuficientes para contrarrestar o neutralizar -con una medida menos restrictiva que la prisión cautelar carcelaria- la persistente existencia de los riesgos procesales valorados al dictarse el auto que convirtió en prisión preventiva la detención de Terminiello González”, sostuvo el magistrado.
En este sentido, el juez destacó que “considerando las características de personalidad señaladas en el informe psicológico (especialmente en cuanto se consignó que (el acusado) cuenta con mecanismos psíquicos adecuados pero que se rigidizan en situaciones adversas, lo que pueden dejarlo desprotegido y observarse contradicciones en su conducta”.
“A mi juicio, (esas evaluaciones) impresionan negativas a los fines de la prisión domiciliaria pretendida puesto que desde un plano objetivo me permiten presumir que de modificar el modo de cumplimiento en la medida de coerción -aún controlada- puede correrse el riesgo de entorpecer el accionar de la justicia”, indicó Crispo.
Por otro lado, “no me pasa por alto que en la vivienda propuesta para el caso de concederse el arresto domiciliario solo residiría el imputado. Además de no resultar un lugar ‘habitable’ (repárese que faltan vidrios, deben desecharse trastos viejos y escombros, y el baño no se encuentra en condiciones de uso)”, explicó el letrado, según reportó el diario Hoy.
En este marco, también recordó que “tal como se valoró al momento de dictarse la prisión preventiva de (Ezequiel) Terminiello, el hecho materia de imputación refleja un accionar de extrema gravedad, que se instituye también como pauta de peligro procesal”.
Mientras tanto, el abogado de la familia de la víctima, Alexis Bulus, insiste con el cambio de carátula a “homicidio doloso”.
“A los fines de justificar la procedencia de la medida cautelar, se tuvo en cuenta la objetiva y provisional valoración de las características del hecho, especialmente que el suceso acaeció en horas de la noche -aproximadamente 23.30- y valorando especialmente la actitud asumida por el imputado quien se dio a la fuga dejando a la víctima en un estado de indefensión absoluta, sin perjuicio de que luego -más de 12 horas después-, se puso a disposición de la Justicia”, concluyó Crispo.