Avanzó un proyecto clave para los alumnos platenses que son padres o madres: inasistencias y permisos especiales

Provincia 24/08/2022 . Hora: 20:04
Avanzó un proyecto clave para los alumnos platenses que son padres o madres: inasistencias y permisos especiales

Este miércoles se aprobó en el Senado Bonaerense una modificación en la Ley 14.637 vinculada a las inasistencias en escuelas públicas y privadas para alumnos y alumnas que son padres o madres. Ahora deberá ser tratado en Diputados. 

“Establécese un régimen especial de inasistencias justificadas, no computables, para personas en situación de embarazo, maternidad y/o comaternidad, alumnos en condición de paternidad y/o copaternidad, que cursen estudios en establecimientos de gestión estatal o privados, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación”, quedaría el nuevo artículo 1.

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A su vez, agrega que “el régimen especial establecido en el artículo precedente es aplicable a solicitud de la alumna o alumno en situación de acogerse al mismo, quien deberá presentar el certificado médico que acredite el estado y período de gestación en caso de embarazo, o inscripción o partida de nacimiento del niño/a”.

Respecto de los plazos, este régimen especial de inasistencias justificadas comprenderá, en el caso de personas en situación de embarazo, un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, utilizables durante el plazo de gestación del embarazo o después del nacimiento, de forma continua o fraccionada. 

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Por su parte, los estudiantes en situación de comaternidad y/o copaternidad contarán con treinta (30) días de inasistencias justificadas, continuas o fraccionadas, no computables, que podrán ser utilizadas antes o después del día de nacimiento.

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Además contempla una extensión de los plazos. En caso de nacimiento múltiple, riesgos en el embarazo, nacimiento del niño/a con algún tipo de discapacidad, interrupción del embarazo, muerte del niño/a luego del nacimiento o que la estudiante fuera madre de hijos menores de cuatro (4) años de edad, el plazo máximo de insistencias se entenderá quince (15) días hábiles más, posteriores al nacimiento o interrupción del embarazo. Lo mismo rige para el caso de alumnos varones en idéntica situación.

Por otro lado, se establece para aquellas personas que se encuentren cursando regularmente y que estén en situación de maternidad y/o comaternidad, paternidad y/o copaternidad, el derecho especial de retirarse durante el horario escolar o ingresar después de iniciado el mismo, por necesidades de atención de la salud de sus hijos/as. En este caso, el establecimiento educativo tiene potestad para solicitar el certificado médico correspondiente.

En el mismo sentido, se establece el derecho especial de exención de educación física para las personas que lo soliciten y se encuentren en situación de embarazo y/o lactancia, o se encuentren imposibilitadas por alguna circunstancia relativa a su situación de maternidad.

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