Ambiciosa regulación sobre las ferias de La Plata avanza en el Concejo: se crearía un Registro y proponen sitios sugeridos

La Plata 25/11/2022 . Hora: 12:12
Ambiciosa regulación sobre las ferias de La Plata avanza en el Concejo: se crearía un Registro y proponen sitios sugeridos

En el Concejo Deliberante de La Plata ya se analiza un proyecto para actualizar la regulación de la actividad en las ferias francas de la ciudad.

Este jueves el Secretario de Producción, Rogelio Blesa, participó de la reunión de comisión y analizaron la iniciativa que surge de la concejala del Frente de Todos Yanina Lamberti. Desde Juntos por el Cambio indicaron a LAPLATA1.com que el proyecto original tendrá seguramente modificaciones sugeridas por Producción. La idea es sacar un texto de consenso.

DENGUE PBA

En los fundamentos del texto original, se habla de actualizar la regulación que rige desde el 2008.

Actualmente miles de familias platenses han quedado afuera del mercado laboral, por lo que es nuestra tarea como concejales y concejalas ampliar las alternativas laborales dentro de un marco legal de fomento, para lograr un acompañamiento y respaldo estatal”, se sostiene.

MOSQUITO MLP

En el proyecto, por su parte, se detalla cómo podría ser el funcionamiento de estas ferias. Propone que funcionen de 5.30 a 15 horas en los siguientes días y lugares:

HIPICO RODA

-Martes y viernes: 38 entre 116 y 117, y en 68 entre 12 y 14.

-Miércoles y sábados: 51 entre 21 y 23, Diagonal 79 entre 116 y 117, 528 y 1, y 14 y 466.

-Jueves y domingos: 38 entre 8 y 11, y Diagonal 73 y 4.

“Las ferias francas están habilitadas para funcionar todos los días del año excepto los días feriados mundiales fijos: 1 de enero, 1 de mayo, y 25 de diciembre. Los días 25 de mayo, y 9 de julio serán consensuados entre la Dirección Operativa de Ferias Francas y la Comisión de Coordinación de Ferias Francas”, agrega en otro artículo.

A su vez, la autoridad de aplicación tendrá la función de proponer nuevos lugares de funcionamiento de ferias, otorgar el permiso de funcionamiento al permisionario que reúna los requisitos, controlar el funcionamiento de las ferias, articular con la Dirección de Bromatología para el control de los productos alimenticios comercializados en las ferias, y articular con la Secretaría de Gobierno para establecer un servicio de recolección de residuos en los días y lugares de funcionamiento de las ferias, entre otros puntos.

A su vez, el texto original indica que en estas ferias estará prohibida la comercialización de comidas elaboradas tanto frías como calientes, como así también la venta de bebidas alcohólicas.

En ese marco, se contempla una regulación especial para los puestos de pescado fresco. Solamente podrá haber dos de estos puestos en cada feria. Tendrán que estar en el extremo de la misma.

Para el caso de pan, pastas y afines, también existiría un tratamiento diferencial en cuanto a la higiene exigida.

Otro de los artículos también define cuáles son las obligaciones de los feriantes y del municipio, y además incluye la creación del Registro de Trabajadores y Trabajadoras Feriantes.

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