Se establecieron nuevas restricciones para evitar "rulos especulativos" en los dólares financieros

No se podrá comprar a contado inmediato o a 24 horas si se operó a 48 horas en forma reciente
País 03/08/2023 . Hora: 07:46
Se establecieron nuevas restricciones para evitar ”rulos especulativos” en los dólares financieros

La Comisión Nacional de Valores avanzó en nuevas medidas para desacelerar el elevado flujo en la operatoria de las cotizaciones financieras del dólar y así lograr moderar las intervenciones del BCRA. 

La normativa publicada durante la tarde del miércoles apunta a frenar el rulo temporal entre los mercados a contado inmediato, a 24 horas y a 48 horas, y busca que la demanda de divisas se vuelva a concentrar sólo en los compradores genuinos, es decir, aquellos que buscan ahorrar, y que no se sumen los que también buscan ganancias de cortísimo plazo. 

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En adelante, estará prohibido comprar en los mercados de contado inmediato o a 24 horas y vender en los que son a 48 horas.

El BCRA consiguió el visto bueno del FMI para la intervención en las cotizaciones financieras, con la finalidad de mantener cierta racionalidad en los mercados. 

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En la lectura de los analistas privados, el ritmo de la participación de la autoridad monetaria se mantuvo entonces elevado y, además del gasto de reservas que implicó, fue generando diferencias en las cotizaciones que a la vez dispararon nuevas posibilidades de arbitrajes. 

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Esos rulos que van naciendo implican más demanda que la genuina, es decir la de los meros ahorristas, ya que el incentivo de precios lleva a operaciones constantes de cortísimo plazo, lo que a su vez obliga al propio BCRA a intervenir cada vez más. De ahí la nueva medida que buscó ajustar un poco el cepo.

A través de la Resolución General 969, la CNV remarcó: "Los Agentes sólo podrán dar curso a órdenes para concertar operaciones de compra de valores negociables con liquidación en moneda extranjera en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y en los plazos de liquidación de contado inmediato o de contado 24 horas si en los 15 días corridos anteriores, no se han concertado operaciones de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y si existe manifestación fehaciente de no concertar operaciones de venta por los 15 días subsiguientes".

Más en concreto, la normativa prohíbe la operatoria en los segmentos a contado inmediato o a 24 horas si el inversor participó recientemente en el segmento a 48 horas. Se trata de tres mercados en los que se mueven los dólares financieros, que operan a través de bonos soberanos, cada uno con precios distintos a causa de que el BCRA sólo interviene en alguno de ellos. Esa diferencia de precios permite arbitrajes que ensanchan la demanda dolarizadora y, por ende, obliga a mayores intervenciones para que la autoridad monetaria logre administrar las cotizaciones. 

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