
La iniciativa del candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, que apunta a fijar a partir de 2024 la medida que ya está en marcha por un decreto hasta el 9 de diciembre, fue aprobada y girada al Senado con 134 votos a favor, incluido el del candidato libertario, Javier Milei. El interbloque Juntos por el Cambio y otras bancadas minoritarias optaron por la abstención.
El proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas de débito.
Con 134 votos afirmativos, 0 negativos y 107 abstenciones, se aprobó la creación del Programa Compre sin IVA.#40AñosDemocraciaSiempre pic.twitter.com/yrjabTTuKf
— Diputados Argentina (@DiputadosAR) October 11, 2023
Las claves del proyecto de devolución del IVA:
El programa beneficiará a un espectro amplio de la población, alcanzando a más de 20 millones de personas. Entre los beneficiarios se incluyen trabajadores y trabajadoras que perciban salarios de hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados con ingresos que no superen seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo.
El impacto de esta medida será significativo y se extenderá a más de 2,3 millones de monotributistas puros, es decir, aquellos que no tienen ingresos adicionales, 440.000 trabajadoras de Casas Particulares, 7 millones de jubilados y pensionados, y 2,5 millones de beneficiarios de la AUH. Además, se beneficiará a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia cuyos salarios no superen los $708.000.
El programa abarcará una amplia gama de productos de primera necesidad, abarcando todos los rubros de alimentos, bebidas e higiene personal, según lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esta categoría incluye desde frutas, verduras, lácteos, panificados y carnes hasta productos de higiene personal como jabones y papel higiénico.
La AFIP ha fijado un tope mensual por persona de $18.800, el cual se actualizará periódicamente y se vinculará al CUIL o CUIT del beneficiario. Este monto se acreditará en la cuenta bancaria del contribuyente dentro de las 48 horas posteriores a la realización de la transacción, sin necesidad de trámites adicionales. Además, el reintegro mensual no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2 vigente en cada mes.
Las compras que califican para este beneficio solo podrán efectuarse utilizando tarjetas de débito asociadas a cuentas bancarias. No se aceptarán pagos mediante tarjeta de crédito, transferencias o efectivo.