Multas, inhabilitaciones y sanciones: ¿Qué pasa si no voy a votar?

Quienes no votan y no pueden justificar su ausencia quedan registrados como infractores. No solo deberán pagar multas, sino que corren riesgos de otros perjuicios peores
País 22/10/2023 . Hora: 16:09
Multas, inhabilitaciones y sanciones: ¿Qué pasa si no voy a votar?

Las multas por no votar en las Elecciones Nacionales 2023 de este domingo 22 de octubre van de $50 a $500 (según si cuentan antecedente de infracciones similares o no) para los mayores de 18 años y menores de 70 años que no puedan justificar su ausencia. Así lo establece el Código Nacional Electoral en su artículo 125, en el apartado "faltas electorales".

Quienes no paguen esa multa quedan registrados como infractores. Esto implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

DENGUE PBA

La Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores para aquellos que deben realizar el trámite de justificación y saldar la deuda. Asimismo, en este mismo sitio web el interesado puede consultar el estado de las infracciones y si posee o no multas.

MOSQUITO MLP

Qué justificación es válida para no votar

- Estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, de forma suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.
- Ser juez o auxiliar de la justicia que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Revistar entre personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con 10 días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
-Encontrarse el día de la elección a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y puedan explicar que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana o en sede consular si están en el exterior.

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