Un fallo judicial complicó la devolución de dinero a los afiliados a prepagas

En un revés para el Gobierno, cambiaron de manos el expediente y podría demorarse la devolución de fondos por parte de las prepagas a sus afiliados
País 01/05/2024 . Hora: 19:30
Un fallo judicial complicó la devolución de dinero a los afiliados a prepagas

La devolución de la plata por parte de las prepagas a sus afiliados se complicó. Es que la demanda del Gobierno contra el aumento desmedido de las empresas del sector tuvo un revés cuando la jueza Mercedes Maquieira cambió de manos el expediente.

Sostuvo que la Superintendencia de Seguros de Salud actuó en nombre de los afiliados y remitió el caso a un proceso colectivo que impulsaron muchos ciudadanos comunes contra el DNU de Javier Milei. 

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Fue el DNU el que permitió los aumentos en las cuotas. Ahora, el propio Ejecutivo que habilitó la desregulación litigará, en un mismo proceso, junto a los afectados y contra las empresas que defienden esas subas.

El Gobierno pretendía que, en el marco de un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga, se les ordenara dejar sin efecto “en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas”. También se buscaba “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha”.

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La sugerencia oficial, que receptaron tribunales en amparos individuales, aludía a permitir subas de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC). 

Varias empresas defendieron los aumentos: afirmaron que lo que el Gobierno pretendía, en oposición a “la libertad” que fijó el decreto, era la derogación judicial de lo dispuesto por el propio DNU.

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Luego de obtener la opinión de la fiscalía sobre la competencia del caso, la jueza sostuvo que “queda a la vista que, aun cuando la demanda no ha sido formalmente presentada como una acción colectiva, la pretensión formulada reúne todos los requisitos necesarios para ser considerada como tal”.

Consideró que la Superintendencia de Servicios de Salud encontraría obligada a accionar "para la preservación irrestricta de los derechos de los usuarios" que resultaron perjudicados.

En tanto, al citar que el Ejecutivo argumentó que la medida de las prepagas agravia "el derecho a la Salud", sostuvo que la demanda del Gobierno es un actor más del proceso colectivo.

Recordó que existe un amparo presentado por afiliados a prepagas contra el DNU de Javier Milei en la que se buscaba que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269.

En dicho proceso, el juez Juan Rafael Stinco abrió a fines del año pasado "el proceso colectivo no susceptible de división, puesto que lo que se persigue es el restablecimiento de funciones de controlar a un organismo especializado (la Superintendencia de Servicios de Salud), lo cual ‘no puede ser declarado para algunos afectados y rechazado para otros, es decir actuales usuarios y los futuros o potenciales interesados en tales servicios'".

Entonces, la jueza Mercedes Maquieira sostuvo que existe una "sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva" en ambas causas. Por lo tanto, determinó que los expedientes se tramitarán de "manera conjunta ante un mismo magistrado para evitar el escándalo jurídico que implicaría el dictado de sentencias que sean contradictorias entre sí".

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