La reforma en las escuelas de la Provincia también incluye a la ropa: uniformes "sin estereotipos" y el caso de las estatales

Los cambios en las escuelas secundarias de la Provincia de Buenos Aires comenzarán en el 2025. Uno de los apartados es sobre la "convivencia" y hay lineamientos específicos para el caso de la vestimenta
Provincia 29/06/2024 . Hora: 11:23
La reforma en las escuelas de la Provincia también incluye a la ropa: uniformes ”sin estereotipos” y el caso de las estatales

Dentro de la reforma para las escuelas secundarias bonaerenses que se oficializó la última semana hay un apartado dedicada a la “convivencia”.

Cabe recordar que los cambios se llevarán a cabo a partir del ciclo lectivo del 2025 luego de un trabajo articulado con la comunidad educativa.

SHOW DEL DESAYUNO

“Convivir en la escuela siempre se trata de un trabajo pedagógico, ligado al enseñar y al aprender, para lo cual se organizan tiempos, espacios, tareas y en el que las personas asumen roles y funciones. El intercambio cotidiano se realiza en el marco de las normas vigentes, en un encuadre que establece los límites y que le da sentido a las acciones, los discursos y los modos de relacionarse”, se señala en dicho apartado.

Y se agrega: “Quienes habitan la escuela necesitan construir, dialogar, consensuar y cumplir las normas que ayudan a vivir juntas/os. Por ello, es imprescindible que cuando las mismas se transgreden se establezcan límites, que en el marco escolar son la posibilidad de dar lugar a nuevos aprendizajes”.

MLP

De esta forma, “se construye un ambiente de justicia, de responsabilidad, de no impunidad. El límite es lo que permite distinguir entre lo que se puede y lo que no se puede, pero tiene que ser entendido como un nuevo punto de partida reparatorio y de aprendizaje y así evitar la aplicación meramente punitiva de sanciones”.

En otro pasaje se recuerda que El Acuerdo Institucional de Convivencia (AIC) es la norma pedagógica que regula la convivencia escolar en los espacios educativos dentro de los cuales interactúan todas las personas que los constituyen.

CABA

En ese sentido, uno de los puntos está relacionado a la vestimenta que pueden llevar los alumnos. Se trata de lineamientos asociados a “la vestimenta escolar desde un enfoque de derechos”.

“Se establece como punto de partida el reconocimiento de que la vestimenta (accesorios utilizados por las/os estudiantes como aros, visera, gorro, maquillaje, pelo teñido, etc.) es una de las tantas maneras de expresar, comunicar y compartir que adoptan las identidades juveniles”, comienza.

“Es por ello que las regulaciones en torno a la misma no pueden desentenderse del marco de derechos integrales establecido por la normativa educativa vigente que busca garantizar la construcción de subjetividades libres, diversas, democráticas y justas”, se explica.

Y luego se subraya que “el AIC tiene que garantizar el derecho a la identidad de género destacando que el estilo que cada persona elige con respecto a su vestimenta es parte de una decisión personal sobre el propio cuerpo y, por lo tanto, debe ser respetado”.

“Los disensos o posturas ideológicas que puedan expresarse en las vestimentas de las/os estudiantes no deberán incitar a la violencia contra otras/os. En este sentido, es preciso aclarar que existen diferencias entre el disenso legítimo -en el marco del respeto de los valores democráticos- y la justificación de la violencia contra la/el otra/o”, se sostiene.

Así, se puntualiza que sólo podrán determinarse vestimentas específicas para aquellos casos en los que, por cuestiones de seguridad y cuidado de las/os estudiantes, lo requieran las prácticas pedagógicas a realizar. “Las materias de orientaciones técnicas y las clases de Educación Física requieren que las/os estudiantes participen con vestimenta segura y adecuada a la práctica que se desarrolle, atendiendo a las políticas de cuidado y favoreciendo la disponibilidad corporal y motriz”, se ejemplifica.

En las escuelas públicas de gestión estatal, no se podrán celebrar acuerdos que supongan el uso obligatorio de determinadas prendas y/o uniformes”, se aclara también.

“En escuelas públicas de gestión privada, en los casos que se utilice uniforme escolar, se propone que el mismo no refuerce los estereotipos de género, optando preferentemente por prendas que puedan vestirse indistintamente de la identidad de género”, se menciona.

Y completa el apartado: “Se torna fundamental convertir estos temas en acuerdos institucionales que cuenten con la participación y la voz de las/os estudiantes. A la vez, este tema nos brinda la oportunidad de favorecer el diálogo intergeneracional y argumentar, fundadamente, los sentidos de las normas”.

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