
En la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires se analiza un proyecto para la protección de datos biométricos utilizados por aplicaciones de telefonía celular que operan en la Provincia de Buenos Aires.
La iniciativa es del legislador de Unión por la Patria, Carlos Puglelli, y ya se aborda en la comisión de Derechos del Usuario y el Consumidor.
“Prohíbase en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires la manipulación, recolección, almacenamiento, venta o distribución de datos biométricos por parte de empresas prestadoras de aplicaciones digitales que no cumplan con los requisitos determinados en la presente ley”, se puntualiza.
Por aplicaciones digitales, se entiende “cualquier software o plataforma digital que se utiliza en dispositivos, como teléfonos inteligentes, tabletas, computadoras, para realizar diversas funciones, servicios o actividades”.
Por su parte, respecto a los datos biométricos, refiere a los datos específicos y únicos que se obtienen de características físicas como el escaneo del rostro, iris y huellas dactilares entre otros.
En ese marco, el proyecto también contempla que la Provincia de Buenos Aires realizará tareas de registro y fiscalización, un espacio de recolección de denuncias, y además funcionará un órgano encargado de asesorar y orientar a los usuarios sobre sus derechos y deberes respecto al uso de aplicación digitales a partir de campañas de educación y difusión.
En otro punto de la normativa, se señala que los proveedores de aplicaciones digitales deberán informar de manera clara y detallada a los usuarios sobre la cantidad de residentes bonaerenses involucrados en la recopilación de la información, la finalidad de la obtención de esa información, la justificación del uso de dicha información, el lugar de almacenamiento de los datos personales y la posibilidad de transferencia de dicha información a terceros.
A su vez, debe informarse el procedimiento para solicitar la eliminación de los datos de la base de datos del proveedor de la aplicación.
Por otro lado, debe haber un consentimiento informado: bajo ninguna circunstancia los proveedores de aplicaciones digitales podrán utilizar la información si no cuentan con la materialización del consentimiento registrado por parte de sus usuarios en plataformas digitales.