Alak oficializó el "Plan 1.000 cuadras": habrá dos modalidades de pago y eximiciones por 24 meses

La ordenanza había sido aprobada la última semana en el Concejo Deliberante de La Plata y ya se publicó en el Boletín Oficial con los detalles de cómo será el pago por parte de los vecinos
La Plata 26/08/2024 . Hora: 10:45
Alak oficializó el ”Plan 1.000 cuadras”: habrá dos modalidades de pago y eximiciones por 24 meses

A pocas horas de haberse aprobado en el Concejo Deliberante, Julio Alak oficializó el “Plan 1000 cuadras” y ya se encuentra formalmente vigente en La Plata.

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La iniciativa plantea que el Municipio sea el que realiza y abona las obras y, luego, los vecinos (agrupados en consorcios vecinales según el área de afectación) sólo tendrán que aportar un 30% de recupero del total de la obra realizada.

El plan "1000 cuadras", además de establecer que el Municipio se hará cargo del 70% de las obras, prevé importantes beneficios de financiación (hasta 36 cuotas) y exenciones en determinadas tasas municipales, como la “Contribución Especial por Pavimento y Veredas”, para aquellos vecinos que adhieran al plan.

La iniciativa prevé obras en Los Hornos, Villa Elisa, San Carlos, Tolosa, Gonnet, City Bell y Villa Elvira y algunas áreas del Casco Urbano. Uno de los requisitos para su implementación es la adhesión del 70% de los frentistas involucrados; de lo contrario, no se pondrá en marcha la obra requerida.

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“Establécese como recupero parcial del valor de las obras del Plan 1000 cuadras el porcentaje de hasta el treinta (30%) del costo total de aquellas. El mismo, en los casos que corresponda, deberá instrumentarse en carácter de contribución de mejoras entre vecinos frentistas, beneficiados o comprendidos en las zonas de influencia de las obras, según lo dispuesto en la Ordenanza Impositiva vigente”, se especifica en el artículo 5.

Y se aclara que “el Departamento Ejecutivo, cuando la naturaleza o envergadura de la obra lo justifique, podrá disminuir los porcentajes de recuperación, con carácter previo a su ejecución o establecer otra modalidad de prorrateo, mediante acto administrativo debidamente motivado”.

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“La Secretaría de Hacienda y Finanzas, evaluará los casos que requieran un análisis particularizado y mediante acto administrativo fundado podrá establecer otro plan de pagos, tanto para los beneficiarios adherentes como para los no adherentes”, se menciona luego.

En tanto, se explica que el pago de las obras a cargo de los beneficiarios deberá realizarse con arreglo a la liquidación conformada por la Agencia Platense de Recaudación, por alguna de las siguientes modalidades:

-Al contado: dentro de los diez (10) días de finalizada la obra y una vez notificado de la pertinente liquidación.

-A plazo: en doce (12), veinticuatro (24) o treinta y seis (36) cuotas, que se harán efectivas en forma mensual y consecutiva, venciendo la primera de ellas dentro de los diez (10) días de finalizada la obra y una vez notificada la pertinente liquidación.

“Exímase por el plazo de veinticuatro (24) meses el pago de la Contribución Especial por Pavimento y Veredas definida en el Título XIV de la Ordenanza Fiscal vigente a los beneficiarios determinados a partir de la adhesión al plan de pago”, finaliza la ordenanza ya promulgada por el Ejecutivo local.

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