El Senado Bonaerense aprobó un proyecto de ley que tiene como objetivo la prevención de riesgos para la vida y la salud por inhalación de monóxido de carbono y gas natural.
Según se señala en la iniciativa de Agustín Maspoli (UCR + Cambio Federal) y Eduardo Bali Bucca (Unión por la Patria), las intoxicaciones por monóxido de carbono constituyen la causa más frecuente de envenenamiento para todas las edades y entornos sociales, tanto en nuestro país como a nivel mundial.
Es un gas de alta toxicidad, a lo que se suma la peligrosidad de pasar desapercibido, al ser inodoro, incoloro y no irritar las mucosas, no anunciando su letal presencia a las personas expuestas.
Así, el proyecto contempla que será obligatoria la incorporación de detectores para la medición de monóxido de carbono y gas natural como medida de seguridad esencial en edificios públicos.
La autoridad de aplicación determinará la progresividad y gradualidad de la implementación de la presente medida, siendo prioritaria la colocación en establecimientos educativos, hospitales y geriátricos.
En tanto, se deberá instrumentar una campaña provincial anual cuyo objeto sea la difusión de información sobre la importancia de las medidas que tiendan a prevenir intoxicaciones por inhalación de monóxido de carbono y gas natural.
Asimismo, se deberá concientizar a la población sobre el uso responsable de artefactos domésticos y prevención de accidentes por inhalación de monóxido de carbono en los hogares.
En el mismo sentido, la autoridad de aplicación será la encargada de formar y capacitar al personal de salud, especializado en emergentología, en la detección y tratamiento, en tiempo y forma, ante eventuales o posibles intoxicaciones de monóxido de carbono.
Además, deberá arbitrar los medios necesarios para que los organismos de control gocen de la competencia y dispongan de los recursos pertinentes, a los efectos de controlar que el proceso de fabricación cumplimente el mencionado protocolo incorporando aquellos dispositivos, además de velar para que los establecimientos y hogares que ya los poseen apliquen dichos dispositivos.
Respecto a los establecimientos públicos que se construyan a partir de la promulgación de la ley, deberán contar con detectores de emisión de monóxido de carbono y pérdida de gas licuado y llaves de corte en los artefactos que se instalen, de acuerdo a lo que establezca por vía reglamentaria.