El Gobierno definió cambios en el Manual de Aplicación de la Ley de Etiquetado Frontal, que desde mayo pasado se encuentra completamente en vigor. La medida afecta el cálculo de agregados de grasa, azúcares y sodio y la publicidad de los productos.
Según se informó, el objetivo es “adaptar” la normativa a estándares internacionales y “mejorar la información nutricional” disponible para los consumidores.
La nueva reglamentación introduce un cambio clave: el cálculo de nutrientes excesivos, como grasas, azúcares, sodio y calorías, indicados únicamente los ingredientes añadidos durante la producción, no los intrínsecos de los alimentos.

De esta manera los alimentos con numerosos componentes, como una mermelada de naranja, deberá indicar cuánto azúcar se suma en su elaboración, más allá del azúcar presente de forma natural en la fruta.
Por otro lado, se reforzaron las restricciones en la publicidad de los productos, especialmente los dirigidos a menores de 16 años. Queda prohibida la promoción de alimentos y bebidas envasadas que usen elementos atractivos para esta franja etaria.
A su vez, la normativa exige que toda publicidad destinada al público general incluya información clara y veraz sobre los sellos de advertencia, edulcorantes o cafeína que puedan contener los productos. También se establece que las promociones deben propender al consumo responsable, y evitar engaños o ambigüedades en la presentación de los alimentos.

Los productos etiquetados bajo la normativa podrán mantenerse en circulación hasta agotar existencias, pero las nuevas adaptaciones serán obligatorias para toda producción futura, según las autoridades.




