Subieron el monto a partir del cual billeteras y bancos deben informar los movimientos de sus clientes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ajustó los montos en función de la inflación. Los nuevos topes ya rigen para las operaciones
País 02/01/2025 . Hora: 16:00
Subieron el monto a partir del cual billeteras y bancos deben informar los movimientos de sus clientes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

MLP

Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1º de enero de 2025.

Cabe destacar que la medida no afecta a los consumidores. Se trata de un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.

Deben informarse las siguientes operaciones sólo si superan los siguientes importes:

REINO DE LOS CHOCOLATES

$ 600.000:

• Total de consumos con tarjetas de débito del país.
• Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

CADENA COOL

$ 1.000.000:

• Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
• Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
• Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
• Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
• Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$ 2.000.000:

• Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

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