La Justicia aceptó un reclamo de la CGT y suspendió el decreto de Milei que limita el derecho de huelga

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 de Capital Federal hizo lugar a una presentación de la CGT y suspendió temporalmente el DNU de Javier Milei que limitaba el derecho a huelga
País 02/06/2025 . Hora: 16:20
La Justicia aceptó un reclamo de la CGT y suspendió el decreto de Milei que limita el derecho de huelga

Este lunes, la Justicia del Trabajo declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei que limitó el derecho de huelga y amplió las actividades consideradas esenciales.

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Cabe mencionar qu el jefe de la CGT, Héctor Daer llevó su reclamo a la Casa Rosada por las nuevas restricciones a protestas publicadas en el DNU 340725 del Poder Ejecutivo, el pasado miércoles.

Tras una presentación de la CGT, la jueza Moira Fullana hizo lugar al pedido y suspendió provisoriamente los artículos 2 y 3 del DNU 340 del 21 de mayo pasado.

REINO DE LOS CHOCOLATES

La central obrera había advertido que el decreto reglamentaba de forma restrictiva el derecho a huelga y ampliaba de manera arbitraria la nómina de actividades consideradas “servicios esenciales”, lo que en la práctica volvía inviables las medidas de fuerza.

“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a garantías mínimas de entre el 50% y el 75% de funcionamiento”, indicaba el texto oficial. Sin embargo, para la jueza, no existen las condiciones de urgencia que justifiquen el uso del DNU.

CADENA COOL

Fullana destacó que el Congreso se encontraba en sesiones ordinarias al momento de emitirse el decreto y citó jurisprudencia de la Corte Suprema, que establece que sólo se puede legislar por decreto ante situaciones excepcionales. “El argumento del Estado no es suficiente”, subrayó.

La medida judicial no implica una declaración definitiva de inconstitucionalidad, pero suspende los efectos del decreto mientras se resuelve el fondo del asunto. Desde la CGT celebraron el fallo como “un freno al avance sobre derechos laborales”.

El DNU 340/2025 limitaba el derecho a huelga, en lo que refería al cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.

A su vez, en la aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios.

Por otro lado, los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior. También el transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin. La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles.

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