ARCA oficializó un nuevo plan de pagos para regularizar deudas

La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. Alcanzará obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025 de responsables y contribuyentes
País 12/06/2025 . Hora: 09:44
ARCA oficializó un nuevo plan de pagos para regularizar deudas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) hizo pública este jueves una medida para facilitar la regularización de deudas de contribuyentes y responsables. La norma, establecida mediante la Resolución General 5711/2025, salió firmada por Juan Pazo en el Boletín Oficial.

Se trata de un nuevo plan especial de facilidades de pago que estará destinado a poner al día obligaciones fiscales y de seguridad social que hayan vencido hasta el 30 de abril de 2025, inclusive, sin reducción de intereses ni liberación de sanciones. Podrán adherirse personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.

Según el texto oficial, se podrá acceder al plan para regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones.

Asimismo, se indicó que los pagos a cuenta se calcularán sobre el total de la deuda consolidada; las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000; y no existirán restricciones en la cantidad de planes de facilidades de pago a presentar.

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Además, la normativa estipuló que el plan caducará a los 60 días corridos desde que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas, y dispuso que la tasa fija será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente.

Los interesados podrán adherir al nuevo régimen desde el 1 de julio hasta el 30 de diciembre de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

CADENA COOL

Quedan exceptuados quienes tienen condenas por delitos tributarios, aduaneros o conexos, ni las personas jurídicas cuyos directivos hayan recibido condenas por estas transgresiones de la ley, siempre que exista sentencia firme y la pena no esté cumplida. Tampoco podrán aplicar los responsables solidarios y los garantes de obligaciones impositivas y aduaneras.

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