Tras la renuncia de José Luis Espert a su candidatura como diputado nacional por la Provincia de Buenos Aires.
Según lo establecido por el Decreto 171/2019, que reglamenta la Ley de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política (Ley 27.412), el reemplazo no se define únicamente por el orden de prelación de los candidatos, sino también por su género.
“En caso de vacancia por renuncia, fallecimiento o cualquier otro motivo, las personas candidatas deberán ser reemplazadas por aquellas del mismo género que le sigan en la lista del mismo tramo y categoría.”
El decreto 171/2019, que reglamenta la paridad de género, establece que en caso de renuncia de un candidato, será reemplazado por la persona “del mismo género” que sigue en la lista. Santilli debería reemplazar a Espert y queda segunda Karen Reichardt. Pareja tercero y todos los… pic.twitter.com/OyYn4QS7pv
— Manu Jove (@manujove) October 5, 2025
Esto genera un corrimiento en el resto de los lugares: los hombres que siguen en la nómina avanzan un puesto, respetando el orden y la alternancia de género dispuesta por la legislación vigente.
La aplicación de esta normativa busca asegurar la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres en la representación política, incluso ante situaciones de reemplazo o reordenamiento de listas.
La Justicia Electoral deberá oficializar los cambios en la boleta, aunque el principio de paridad y alternancia debe mantenerse inalterado.




