ARCA lanzó el nuevo blanqueo laboral: condonan hasta 90% de deuda a empleadores que registren trabajadores

La Agencia de Recaudación reglamentó el Régimen de Promoción del Empleo Registrado. Hay quitas de hasta 90% en aportes y planes de pago de hasta 72 cuotas para micro y pequeñas empresas
País  ·  11/06/2026 · 09:56hs
ARCA lanzó el nuevo blanqueo laboral: condonan hasta 90% de deuda a empleadores que registren trabajadores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ARCA reglamentó el nuevo Régimen de Promoción del Empleo Registrado PER, creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La medida permitirá a empleadores del sector privado regularizar trabajadores no registrados o mal registrados con fuertes beneficios en deudas previsionales.

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La norma alcanza a relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que sigan vigentes al momento de la adhesión. Los empleadores tendrán tiempo hasta el 28 de noviembre de 2026 para realizar la regularización y acceder a los beneficios previstos.

Entre los principales incentivos está la condonación parcial de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. El porcentaje de reducción varía según el tamaño de la empresa y del empleador que adhiera al régimen.

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Las micro y pequeñas empresas, así como las entidades sin fines de lucro, accederán a una quita del 90%. Las medianas empresas de tramo 1 y 2 obtendrán una reducción del 80%. Mientras que el resto de los empleadores tendrá una condonación del 70%.

Además la regularización implica condonación total de las deudas vinculadas al Sistema Nacional del Seguro de Salud, a la Ley de Riesgos del Trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondientes a los trabajadores incorporados.

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Podrán regularizarse tanto relaciones laborales completamente no registradas como casos donde se declaró una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneración inferior. También quedan incluidos los casos detectados en inspecciones laborales, incluso con deudas en discusión administrativa o judicial.

Para concretar la adhesión los empleadores deberán registrar o rectificar datos de trabajadores a través de los sistemas de ARCA y presentar las declaraciones juradas de períodos adeudados. Las obligaciones resultantes se podrán cancelar o meter en plan de facilidades.

La reglamentación contempla dos modalidades de cancelación. La primera es pago al contado de la deuda no condonada, que otorga reducción adicional del 50% sobre el saldo pendiente. La segunda es adherir a un plan especial de facilidades de pago con cuotas mensuales.

Las micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro podrán financiar en hasta 72 cuotas con anticipo del 3%. Las medianas empresas tendrán hasta 48 cuotas con pago a cuenta del 4%. El resto de empleadores podrá acceder a planes de hasta 36 cuotas con anticipo del 5%. La tasa será del 1% mensual.

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