Juicio de vecinos en La Plata: el proyecto para que la gente decida en faltas graves

El Concejo Deliberante debate un proyecto inédito en la provincia para que 7 vecinos sorteados evalúen infracciones de alto impacto. La sanción seguirá a cargo del Juez de Faltas y la participación será voluntaria

El Concejo Deliberante de La Plata comenzará a debatir este lunes 22 de junio de 2026 un proyecto inédito en la legislación municipal bonaerense. El PRO propone que la gente decida en faltas graves a través del Juicio por Jurado Vecinal.

Los concejales Nicolás Morzone e Iván Zanetto presentaron la iniciativa dentro del “Plan Antifisuras”, un paquete de ordenanzas para reforzar el orden público y enfrentar conductas que degradan la convivencia urbana. El proyecto apunta a infracciones vinculadas a higiene urbana, ambiente, uso indebido del espacio público, daños al patrimonio municipal y alteraciones de la convivencia ciudadana.

Un panel de 7 vecinos sorteados evaluará la existencia del hecho y la responsabilidad del presunto infractor cuando la gravedad o trascendencia comunitaria lo justifiquen. La sanción seguirá siendo facultad exclusiva del Juez de Faltas. A diferencia del juicio por jurados provincial, la participación es voluntaria y requiere inscripción previa.

La ordenanza crea un Registro Municipal de Jurados Vecinales con criterios de representación territorial, diversidad etaria y equidad de género. Podrán integrar vecinos de 21 a 75 años con domicilio en La Plata, sin antecedentes penales ni sanciones recientes en el Código de Convivencia. Quedan excluidos funcionarios municipales, concejales, magistrados, fuerzas de seguridad y deudores alimentarios morosos.

El procedimiento será oral y público, con deliberación privada y veredicto por mayoría de 5 votos sobre 7. Los autores sostienen que el jurado vecinal fortalece la transparencia, la legitimidad democrática y la participación ciudadana. Citan experiencias de Rosario, Mendoza y San Patricio del Chañar, y recuperan referencias desde la Carta Magna de 1215 hasta Habermas. El texto aclara que no se crea un nuevo órgano judicial, solo una instancia participativa dentro del régimen contravencional vigente.