El Gobierno prorrogó un beneficio clave para los clubes de barrio: hasta cuándo hay tiempo para mantener el subsidio

La medida alcanza a unas 12.000 instituciones de todo el país que ya reciben tarifa subsidiada. Tendrán más tiempo para completar el reempadronamiento y evitar perder el beneficio por cuestiones administrativas

El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los clubes de barrio y de pueblo que ya reciben subsidios en las tarifas de luz y gas completen el trámite de reempadronamiento y puedan conservar el beneficio previsto por la Ley N.º 27.098.

La decisión fue oficializada este miércoles mediante la Disposición 6 de la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética, luego de detectar que una cantidad significativa de instituciones todavía no pudo finalizar el trámite o mantiene su solicitud en proceso de evaluación.

La prórroga busca evitar que miles de entidades pierdan el acceso a la tarifa subsidiada únicamente por demoras administrativas. Según estimaciones oficiales, la medida alcanza a alrededor de 12.000 clubes sin fines de lucro de todo el país.

Actualmente, estos clubes reciben el mismo esquema de subsidios energéticos que los hogares comprendidos en el segmento de menores ingresos del régimen vigente. En electricidad, el beneficio contempla un bloque subsidiado de 300 kWh mensuales durante enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre, mientras que en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre el límite subsidiado es de 150 kWh. Todo consumo que supere esos valores se factura a tarifa plena.

En el caso del gas natural, el subsidio también se mantiene, aunque los topes de consumo varían según la distribuidora, la categoría del usuario y la época del año.

Desde el Gobierno aclararon que la prórroga no modifica los requisitos para acceder al beneficio ni incorpora automáticamente nuevos clubes al régimen. Durante este período continuarán las verificaciones para confirmar que cada institución cumple con las condiciones establecidas por la legislación vigente.

El trámite de reempadronamiento debe realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Entre la documentación requerida, los clubes deberán informar la cantidad de sedes y medidores de gas y electricidad, presentar una declaración jurada, acreditar la inscripción en el Registro Nacional de Clubes de Barrio, aportar la documentación institucional y confirmar que ponen sus instalaciones a disposición de actividades sociales, educativas y culturales de la comunidad.

Además, deberán responder una serie de preguntas vinculadas a posibles causales de exclusión, como el alquiler de las instalaciones a empresas privadas, el funcionamiento con fines comerciales, la existencia de una sede central en el exterior o el uso compartido de medidores con actividades comerciales.