ARCA lanzó un plan para regularizar deudas: quiénes pueden acceder y cómo pagar hasta en 18 cuotas

El organismo habilitó un régimen especial para que MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro financien deudas tributarias, aduaneras y previsionales. La adhesión estará abierta hasta el 30 de octubre
País  ·  14/07/2026 · 14:56hs
ARCA lanzó un plan para regularizar deudas: quiénes pueden acceder y cómo pagar hasta en 18 cuotas

Las micro, pequeñas y medianas empresas, junto con pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, ya pueden acceder a un nuevo plan de facilidades de pago de ARCA para regularizar deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social. El régimen permite financiar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026 con condiciones diferenciadas según el tipo de contribuyente.

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La iniciativa apunta a aliviar la situación financiera de uno de los sectores más afectados por el contexto económico. A diferencia de una moratoria, el esquema no contempla quitas de intereses ni multas, sino que ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en cuotas con una tasa fija de financiación.

Podrán adherirse las Micro y Pequeñas Empresas con Certificado MiPyME vigente, las Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2, los pequeños contribuyentes identificados con el código 547 en el Sistema Registral y las entidades sin fines de lucro, entre ellas asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios e instituciones religiosas.

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Para las Micro y Pequeñas Empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, el plan contempla hasta 18 cuotas para deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social, además de hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones impositivas. En estos casos, el pago a cuenta será del 5% y la tasa mensual de financiación será del 2,75%.

En tanto, las Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2 podrán acceder a hasta 15 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y previsionales, y hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones. En este segmento, el anticipo será del 10% y la tasa de interés mensual también se fijó en el 2,75%.

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ARCA aclaró que tanto el pago inicial como cada una de las cuotas deberán ser de al menos $50.000 y que no existe un límite en la cantidad de planes que un mismo contribuyente puede presentar.

El régimen excluye algunas obligaciones específicas, entre ellas las retenciones y percepciones previsionales, anticipos y pagos a cuenta, determinados conceptos de IVA vinculados a servicios del exterior y digitales, aportes a obras sociales —excepto los de monotributistas—, cuotas de ART, el Seguro de Vida Obligatorio, impuestos internos sobre cigarrillos y las cuotas de planes de pago que ya estén vigentes.

La adhesión podrá realizarse hasta el 30 de octubre de 2026 a través del servicio “Mis Facilidades” de ARCA. El plan quedará confirmado una vez abonado el pago a cuenta. No obstante, el organismo advirtió que el beneficio caducará automáticamente si el contribuyente deja impagas dos cuotas —consecutivas o alternadas— durante más de 60 días, o si incumple el pago de la última cuota en ese mismo plazo, habilitando el inicio de acciones de cobro judicial.

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