El Gobierno de la provincia de Buenos Aires puso en vigencia la Ley N° 15.615, que crea el Registro Provincial de Datos Genéticos de Cadáveres o Restos Cadavéricos No Identificados, una herramienta destinada a fortalecer la identificación de personas fallecidas y colaborar en la búsqueda de personas desaparecidas o extraviadas.
La norma, que había sido sancionada semanas atrás por la Legislatura bonaerense, quedó oficialmente promulgada tras su publicación en el Boletín Oficial.
El nuevo registro funcionará en el ámbito del Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia y reunirá la información genética y forense de todos los cadáveres o restos humanos que no hayan podido ser identificados dentro del territorio provincial.
La ley establece que por cada cuerpo o resto cadavérico se deberá confeccionar un legajo único que incluirá el perfil de ADN, huellas dactilares, fichas odontológicas, características físicas, cicatrices, tatuajes, causa de muerte, muestras biológicas, pertenencias, fotografías, datos del lugar del hallazgo y cualquier otro elemento que pueda resultar útil para una futura identificación.
Además, los jueces y organismos que intervengan en el hallazgo de un cuerpo no identificado tendrán la obligación de informar el caso al registro dentro de las 48 horas. De esta manera, toda la evidencia quedará preservada antes de que pueda disponerse la inhumación como persona NN.
La información tendrá carácter confidencial y permanecerá bajo custodia del Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia. Una vez que la identidad de la persona sea establecida, los datos serán retirados del registro y el procedimiento quedará concluido.
La nueva legislación también modifica el funcionamiento del Banco de Datos Genéticos creado por la Ley N° 13.869, incorporando expresamente los estudios realizados sobre cadáveres o restos humanos no identificados, ampliando así el alcance de una base que hasta ahora estaba enfocada principalmente en investigaciones penales.








