El Gobierno de la provincia de Buenos Aires apeló el fallo que frenó los aumentos de luz de entre el 1,5% y el 3,5% aplicados desde el 1° de julio y que además ordenó a las empresas devolver a los usuarios los incrementos cobrados desde la puesta en marcha de la medida.
El amparo había sido presentado por la Defensoría del Pueblo bonaerense, a cargo de Guido Lorenzino, contra las subas establecidas mediante la Resolución N° 585/2026 del Ministerio de Infraestructura. La apelación fue realizada ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Coppola, quien concedió el recurso y derivó el planteo a la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata.
La gestión de Axel Kicillof intervino a través de la Fiscalía de Estado y, en paralelo, también apelaron EDEN, EDEA, EDES y EDELAP. Uno de los principales argumentos de la Provincia es que la cautelar habría confundido el régimen de Revisión Tarifaria Integral (RTI) con la denominada “Etapa de Transición Tarifaria”, un esquema excepcional que permanece vigente hasta el 31 de marzo de 2027.
Según el planteo bonaerense, los incrementos cuestionados no representan una nueva revisión integral del cuadro tarifario, sino actualizaciones contempladas dentro de ese régimen transitorio. Por ese motivo, la Provincia considera que no existe obligación de convocar a una audiencia pública antes de cada ajuste. También cuestionó que el fallo tomara como antecedentes los casos “CEPIS” y “Negrelli”, al entender que corresponden a situaciones diferentes.
Las distribuidoras, en tanto, advirtieron sobre un problema operativo. Sostienen que no pueden crear por su cuenta un cuadro tarifario y que solo están habilitadas a facturar aquellos aprobados formalmente por el Ministerio de Infraestructura, con intervención del OCEBA. Según plantearon, retrotraer los componentes provinciales mientras se mantienen actualizados los costos nacionales de energía, potencia y transporte generaría un cuadro “híbrido” que nunca fue aprobado oficialmente.
Otro de los puntos centrales de las apelaciones es el impacto económico. La Fiscalía de Estado advirtió que mantener el cuadro anterior podría afectar los ingresos destinados al mantenimiento, las inversiones y las obligaciones laborales. Las empresas agregaron que una caída en el flujo de fondos podría comprometer los acuerdos de regularización de deuda que mantienen con CAMMESA desde 2025 y eventualmente repercutir sobre salarios, funcionamiento y continuidad del servicio.
Provincia y distribuidoras también cuestionaron que la cautelar alcance eventuales aumentos futuros. Consideran que impedir nuevos cuadros tarifarios sin una instancia previa de participación de los usuarios supone extender la medida sobre actos administrativos que todavía no fueron dictados. Las compañías también objetaron que sus efectos alcancen a usuarios comerciales e industriales cuando la representación invocada originalmente correspondía a residenciales y beneficiarios de Tarifa Social.
Ahora la discusión quedó en manos de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata. La Provincia y las distribuidoras buscan que se revoque la cautelar o, subsidiariamente, que las apelaciones tengan efecto suspensivo mientras continúa la disputa judicial.








