Es por una resolución del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS). Por ese motivo, el subsecretario de Gestión Ambiental de la Municipalidad, Germán Larrán, realizó una recorrida por distintos puntos de la ciudad junto a autoridades del OPDS para notificar a los grandes generadores de desechos sobre cómo deben proceder con los mismos.
En ese sentido el funcionario detalló que "salimos a notificar a los grandes generadores de residuos de la ciudad, como cadenas de comidas rápidas, los hipermercados, centros de compras, hoteles, countries y barrios privados, entre otros que entre las obligaciones normadas que se les notifica, los comercios deben separar los residuos en origen y contratar un servicio privado de recolección, además de una cooperativa de reciclado para el posterior tratamiento de los mismos".
Con el objetivo de disminuir el impacto ambiental y concientizar sobre la importancia de la separación y reutilización de los residuos, "la idea es hacer cumplir la norma y, al mismo tiempo, generar consciencia en los propietarios y los empleados de los comercios respecto de cómo se deben clasificar los residuos y la importancia que reviste este procedimiento para disminuir el impacto ambiental", concluyó Larrán.
A partir de las resoluciones 137 y 138, el organismo bonaerense les exige a los grandes generadores, como los hoteles 4 y 5 estrellas, los shoppings y las galerías comerciales, los hipermercados, los locales de comidas rápidas, los barrios cerrados y los clubes de campo que deben gestionar sus propios residuos. La norma estipula que se debe realizar "la separación en origen de los materiales reciclables para ser reingresados al circuito productivo, de modo tal que se conviertan en materias primas para procesos industriales, disminuyendo la extracción del medio natural, ahorrando energía y llevando menos residuos a los sitios de disposición final, entre otros beneficios".
De acuerdo a la Ley Provincial 13.592 las infracciones serán calificadas y sancionadas con apercibimiento, multa de entre uno a mil salarios estatales, suspensión total o parcial de la concesión y/o autorización otorgada, caducidad total o parcial de la misma y clausura temporal o definitiva, según las circunstancias y la gravedad de cada caso.