Fallo por la muerte de Emilia Uscamayta: penas de "ejecución condicional" para 3 implicados y excarcelación para Haramboure

Fue un fallo unánime. Este viernes se conocieron el monto de las penas por la causa que investiga la muerte de la joven en La Plata
Judiciales 08/09/2023 . Hora: 11:48
Fallo por la muerte de Emilia Uscamayta: penas de ”ejecución condicional” para 3 implicados y excarcelación para Haramboure

Este viernes se conocieron los montos de las penas de los implicados en la causa por la muerte de Emilia Uscamayta en La Plata durante una fiesta de fin de año. La decisión fue del Tribunal Criminal N° 3 y por unanimidad.

Así, resolvieron que Carlos Bellone, Raúl Ismael García y Santiago Piedrabuena reciban la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.

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“La modalidad de esta pena encuentra respaldo en las previsiones del artículo 26 del C.P. porque se trata de la primera condena y no se encuentran buenas razones -ni han sido invocado ni probado por las partes para justificar la conveniencia de una sanción efectiva”, argumentaron.

Además, resolvieron “condenar a Gastón Haramboure a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN con más accesorias legales por el tiempo de la condena y costas del proceso, la que se da por COMPURGADA CON LA PRISION PREVENTIVA que viene cumpliendo”.

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Asimismo, “corresponde imponer a la totalidad de los condenados la inhabilitación especial por el término de diez (10) años para ejercer el derecho de organizar eventos festivos de concurrencia masiva (superior a las diez personas) que requieran habilitación del estado nacional, provincial o municipal”.

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“Todos ellos por resultar autores penalmente responsables del delito de homicidio culposo, en virtud del hecho acaecido el día 1 de diciembre de 2016 en la ciudad de La Plata, en perjuicio de Emilia Eugenia Uzcamayta Curi”, explicaron en el fallo.

Asimismo, se le imponen a Bellone, García y Piedrabuena por el plazo de 4 años las siguientes reglas de conducta: a) Fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados más próximo al domicilio, debiendo presentarse bimestralmente; b) Evitar todo tipo de contacto con los familiares de la víctima de autos por cualquier medio, incluyendo el personal, y a través de redes sociales, teléfono y WhatsApp o similares; c) Abstenerse del consumo abusivo de alcohol y de sustancias estupefacientes; d) Realizar tareas comunitarias por 120 horas en beneficio de una institución de bien público que sea asignada por el Patronato de Liberados de la provincia de Bs. As.

Finalmente, insta a “excarcelar a Gastón Sebastián Haramboure en los términos del art. 169 inc. 9 del C.P.P. A tales fines, líbrese oficio a la Dirección de Monitoreo Electrónico y a la Unidad N° 1 de Olmos, a fin de que efectivice la inmediata libertad de la mencionado en el día de la fecha, previa verificación de capturas pendientes y que no se encuentre a disposición de otro Magistrado de intervención”.

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