Hasta el momento, los contratos tenían un plazo mínimo de 3 años, mientras que previo a la ley de alquileres era de 2 años. Sin embargo, con la derogación de la norma vigente y la modificación del artículo 1.198 del Código Civil y Comercial ya no existe un plazo mínimo de locación, sino que, según el decreto, "el plazo de las locaciones con cualquier destino será el que las partes hayan establecido".
En este sentido, Daniel Zampone, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), consideró en diálogo con Ámbito que la libre pactación "tendría que mejorar el mercado". "Nunca entendí el motivo por el cual si yo tenía un departamento para alquilar un año, porque, por ejemplo, me iba a trabajar a Italia, no lo podía hacer. Todo esto, porque la ley decía que el mínimo tenía que ser de tres años, pero seguramente había algún inquilino que le servía ese departamento por un año", argumentó el referente inmobiliario.
Por su parte, Liotto afirmó que desde el CUCICBA intentarán que se aconseje a los propietarios que vuelvan a esquema de "contratos a 24 meses", que era un mercado que daba previsibilidad al inquilino y al propietario.
Así serían las condiciones para alquilar vivienda en Argentina si el decreto entra en vigencia:
— Inquilinos Agrupados (@InquilinosAgrup) December 22, 2023
- No hay plazo mínimo
- Dolarización
- Ajustes discrecionales
- Meses por adelantado
Y sigue... pic.twitter.com/2Tu6Fq0eOJ
Tal como indicaron desde Ámbito.com, el gerente comercial de Miranda Bosch, Andrés White, destacó que desde la inmobiliaria prevén que el mercado vaya hacia contratos de dos años, regidos por el Código Civil y Comercial.
Por su parte, los inquilinos agrupados indicaron que las condiciones para alquilar serían: No hay plazo mínimo, dolarización, ajustes discrecionales, meses por adelantado, entre otros.
No al DNU de @JMilei pic.twitter.com/6MZxPKynwX
— INQUILINXS ROSARIO (@inquilinosros) December 21, 2023
Los contratos que ya están firmados continuarán su curso normal. Es decir, que seguirán regidos por las normas que estaban vigentes al momento de la firma, ya que las leyes no son retroactivas.
En esos inquilinos, las nuevas normas -en caso de ser aprobadas por el Congreso y que no sean objetadas por la Justicia- impactarán al momento que necesiten realizar un nuevo contrato de locación.
Para el sector inmobiliario esta norma es "positiva", pero para el sector inquilino representa una amenaza contra la tranquilidad del sector.
Desde CUCICBA difundieron un comunicado donde dieron su apoyo a la derogación de la norma vigente y resaltaron que "todas estas disposiciones anunciadas tendrán como respuesta en el aumento de la oferta de los inmuebles para alquiler", que era uno de los problemas principales que se observó con la nueva legislación.
"Cuanto más rápido se despejen las incógnitas en varios aspectos de la política económica, antes se producirá la recuperación de nuestro sector", añadieron.
En tanto, desde Miranda Bosch también auguraron que se "incremente gradualmente la oferta de propiedades en alquiler", estimulando una "mayor actividad en el mercado", aunque señalaron que en este contexto el sector experimentará una dolarización.