Condenaron a un empresario de La Plata por violencia de género: deberá cumplir una pena en suspenso

La Justicia lo encontró culpable de causar lesiones graves a su expareja tras acreditar un prolongado ciclo de violencia física, psicológica y económica. Recibió tres años de prisión condicional y deberá cumplir una serie de reglas de conducta
Judiciales  ·  03/07/2026 · 10:42hs
Foto: gentileza AGLP
Foto: gentileza AGLP

La Justicia Penal de La Plata condenó al empresario Fabricio Ángel Cattaneo a tres años de prisión de ejecución condicional por encontrarlo responsable del delito de lesiones graves doblemente agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género.

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El juez Hernán Javier Decastelli dio por acreditado que entre 2015 y junio de 2020 el acusado ejerció violencia física, psicológica y económica contra su entonces esposa, Irene Lozano, provocándole un grave daño permanente en su salud psicofísica.

La sentencia reconstruyó dos episodios centrales: uno ocurrido en 2015 en el estudio jurídico donde trabajaba la víctima, cuando le torció violentamente una mano durante una discusión, y otro en diciembre de 2017, al regresar de Cariló, cuando la golpeó con un termo y la sujetó de la cabeza mientras conducía por la ruta.

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El fallo señala que las lesiones fueron corroboradas mediante certificados médicos, fotografías y los testimonios de familiares, allegados y profesionales que asistieron a la mujer tras los hechos.

JUEZ HERNÁN JAVIER DECASTELLI

Uno de los puntos clave fue la prueba psicológica. La perito oficial concluyó que la víctima presenta un daño psíquico grave compatible con un prolongado ciclo de violencia de género, mientras que su psicóloga tratante confirmó un cuadro de estrés postraumático y un profundo deterioro emocional.

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Durante el juicio, Cattaneo negó las acusaciones y sostuvo que la agresora era su expareja. Sin embargo, el magistrado consideró que las pruebas reunidas permitieron descartar esa versión y acreditar su responsabilidad penal.

Además de la condena, el empresario deberá fijar domicilio, no mantener contacto con la víctima, realizar un curso de capacitación en género de 80 horas y someterse a una evaluación psicológica.

La pena fue dejada en suspenso debido a la ausencia de antecedentes penales y otras condiciones personales del condenado. De todos modos, la defensa ya anticipó que apelará la sentencia ante la Cámara de Casación.

FUENTE: Hechos y Derecho

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