Juicio contra el obstetra platense por mala praxis: el estremecedor relato de la mamá de Nina

La madre de Nina declaró durante horas en el inicio del juicio contra el obstetra Fernando Daverio y relató el embarazo, el parto y las secuelas que cambiaron para siempre la vida de su hija. El médico también está acusado de adulterar historias clínicas

El juicio oral contra el obstetra Fernando Daverio y la partera Bárbara Pestaña Guido comenzó este jueves en La Plata con una audiencia cargada de tensión, fuertes cruces entre las partes y el conmovedor testimonio de la madre de Nina Cipollone, la niña que sufrió una grave falta de oxígeno al nacer y que hoy padece parálisis cerebral.

Ambos profesionales están acusados de lesiones culposas agravadas por el daño permanente a la salud de la menor. En el caso de Daverio, además, la Justicia lo juzga por una segunda imputación: la presunta falsificación de las historias clínicas del embarazo y del parto, documentación que, según la investigación, habría sido modificada después de los hechos.

La causa fue impulsada por los padres de Nina, María José Suárez y Fernando Cipollone, quienes sostienen que durante el embarazo existieron señales de alerta que nunca fueron atendidas correctamente. Según plantean, una restricción del crecimiento fetal detectada en la semana 35 requería estudios complementarios que no fueron realizados y que, de haberse practicado, habrían permitido adelantar el nacimiento mediante una cesárea.

La primera audiencia se desarrolló en el Juzgado Correccional N° 2, a cargo del juez Diego Tatarsky, con la actuación del fiscal Jorge Paolini. El debate comenzó con casi dos horas de demora y sin acceso para fotógrafos. Durante su exposición, el representante del Ministerio Público sostuvo que existieron elementos suficientes para advertir un cuadro de riesgo durante el embarazo y repasó también la acusación por la presunta adulteración de las historias clínicas.

ABOGADOS MIGUEL MOLINA Y ALFREDO GASCÓN 

Los abogados de la familia, Alfredo Gascón y Miguel Molina, afirmaron que una ecografía realizada en la semana 35 mostraba signos compatibles con una insuficiencia placentaria. Según sostuvieron, si se hubiese ordenado una ecografía Doppler, el estudio habría permitido detectar que la placenta no garantizaba una adecuada oxigenación del bebé y modificar la conducta médica para evitar el desenlace.

Las defensas rechazaron todas las acusaciones. La abogada de la partera aseguró que no existió restricción del crecimiento fetal y que no hay pruebas objetivas de que los latidos de la bebé fueran anormales durante el trabajo de parto. Por su parte, la defensora de Daverio sostuvo que el obstetra cumplió con todos los protocolos médicos, negó cualquier adulteración de documentación y pidió que la imputación por falsificación sea declarada prescripta, cuestión que el juez resolverá más adelante.

Mientras tanto, frente a los Tribunales de 8 entre 56 y 57 también hubo tensión. Familiares, amigos y pacientes del obstetra realizaron una manifestación de apoyo con una gran lámina integrada por fotografías de mujeres durante sus partos. En respuesta, allegados a la familia Cipollone colocaron carteles con la inscripción “Fernando Daverio culpable” y otros reclamando “Justicia por Nina”. Dentro de la sala, unas treinta personas siguieron atentamente toda la audiencia.

El momento más fuerte de la jornada llegó con la declaración de María José Suárez. La madre de Nina contó que eligió atenderse con Daverio por las recomendaciones que recibía de otras mujeres que destacaban el trato humano que brindaba a través del grupo Gestando entre Pares. “Todos me decían que era un médico muy amoroso”, recordó ante el Tribunal.

Sin embargo, aseguró que con el correr de los controles comenzó a notar que las consultas individuales eran muy breves y que muchas veces se retiraba con dudas. También cuestionó la dinámica de los encuentros grupales, donde, según relató, se hablaba de temas alejados de los controles médicos. “Hablábamos de cuánto nutren las semillas o bailábamos”, expresó durante su declaración.

La mujer también relató que nunca fue informada sobre algunos estudios importantes durante el embarazo y recordó un episodio que la impactó especialmente. Según contó, el obstetra olvidó indicarle el análisis para detectar estreptococo y, cuando ya era tarde para realizarlo, una de las parteras le sugirió colocarse ajo en la vagina como antibiótico. Finalmente pudo hacerse el estudio y el resultado fue negativo.

Al reconstruir el parto, explicó que una ecografista le había advertido en la semana 35 que el crecimiento de la bebé se había desacelerado y le recomendó avisar de inmediato al obstetra. De acuerdo con su testimonio, mostró ese estudio al equipo médico, pero le respondieron que todo estaba dentro de los parámetros normales. Días después comenzó el trabajo de parto en la Clínica de la Comunidad, de Ensenada, donde aseguró que la partera tuvo dificultades para controlar los latidos cardíacos de la bebé y evidenció signos de preocupación.

Poco después nació Nina. La bebé no respiraba y comenzó una reanimación que, según recordó su madre, se extendió durante 27 minutos. “La dieron por muerta, pero empezó a convulsionar y volvieron a reanimarla”, declaró emocionada. Luego describió las secuelas permanentes que dejó aquel nacimiento: la niña no puede alimentarse por sus propios medios, recibe nutrición mediante un botón gástrico, casi no ve ni escucha, no puede comunicarse y necesitará asistencia durante toda su vida.

La audiencia pasó a un cuarto intermedio y continuará este viernes con la finalización del testimonio de María José Suárez. Luego declararán el padre de Nina, los profesionales que participaron del parto y distintos peritos oficiales. Daverio llega a este juicio con un antecedente que agrava su situación: en 2024 fue condenado por homicidio culposo y lesiones culposas en otro parto domiciliario, en una causa en la que murió una bebé y la madre debió ser sometida a una histerectomía de urgencia. Si en este nuevo proceso resulta condenado y la Justicia unifica ambas penas, podría quedar alcanzado por una condena de cumplimiento efectivo.