La Corte Suprema de Justicia revocó este jueves el sobreseimiento de Juan Pablo “Pata” Medina, ex líder de la UOCRA La Plata, en la causa en la que está acusado junto a su hijo y otras personas por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión.
Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal hizo lugar al recurso sostenido por el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, y dejó sin efecto la sentencia que había cerrado el expediente contra el dirigente sindical.
La Procuración General había cuestionado la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal al considerar que el cierre de la investigación había sido “arbitrario” y “prematuro”. La postura del Ministerio Público Fiscal es que las acusaciones contra Medina deben discutirse en un juicio oral y público.
El ex jefe de la UOCRA platense había sido detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal de Quilmes Luis Armella. Fue procesado por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión, además de recibir un embargo por 200 millones de pesos. En 2020 obtuvo la prisión domiciliaria y posteriormente fue excarcelado, aunque volvió a ser detenido tras incumplir restricciones vinculadas con su actividad gremial.

La causa estaba encaminada hacia un juicio oral ante el Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata hasta que, en octubre de 2022, el entonces juez Alejandro Smoris declaró la nulidad de todo el expediente y sobreseyó a Medina y al resto de los acusados. El magistrado consideró que la investigación había sido consecuencia de maniobras vinculadas con la denominada mesa de la “Gestapo” durante la gestión de María Eugenia Vidal.
Aquella resolución fue posteriormente convalidada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Ángela Ledesma y Alejandro Slokar y la disidencia de Guillermo Yacobucci. Frente a esa decisión, el fiscal Raúl Pleé presentó un recurso extraordinario para intentar revertir los sobreseimientos.
Finalmente, la Corte Suprema hizo lugar al planteo impulsado por el Ministerio Público y dejó sin efecto la sentencia. Ahora el expediente regresará a la Cámara Federal de Casación Penal, que con una nueva integración deberá analizar los argumentos de la fiscalía y definir cómo continúa una causa que originalmente se encaminaba hacia el juicio oral.








