YPF enfrenta un millonario conflicto judicial por contaminación ambiental en La Plata, Berisso y Ensenada

La petrolera reconoció en sus balances el riesgo de afrontar nuevas obligaciones económicas por contaminación ambiental en Berisso y Ensenada. La Justicia ordenó reparar los daños y una causa iniciada por vecinos hace más de dos décadas llegó a la Corte Suprema
Judiciales  ·  09/10/2026 · 09:03hs
YPF enfrenta un millonario conflicto judicial por contaminación ambiental en La Plata, Berisso y Ensenada

La contaminación ambiental en el entorno del Polo Petroquímico de Berisso y Ensenada volvió a quedar en el centro de la escena judicial. YPF reconoció en sus estados financieros la existencia de reclamos que podrían derivar en nuevas obligaciones económicas, mientras una causa iniciada por vecinos hace más de dos décadas llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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El conflicto tiene como eje los presuntos efectos de la actividad industrial sobre el aire, el agua, el suelo y la salud de quienes viven cerca de la Refinería La Plata. En uno de los expedientes, la Justicia Federal consideró acreditada la existencia de daño ambiental y ordenó avanzar con su recomposición, una decisión que fue confirmada en segunda instancia durante 2024.

En un documento presentado ante sus accionistas en febrero de 2026, la petrolera reconoció la existencia de demandas vinculadas con supuestos daños derivados de la contaminación ambiental, principalmente relacionados con las operaciones de la refinería y el estado de los canales que rodean al complejo. También admitió que estos procesos podrían exigir inversiones adicionales y contempló previsiones económicas frente a eventuales obligaciones.

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Uno de los expedientes más importantes comenzó en 1999, cuando Pedro Salagre, Jorge Mario Pezado y Miguel Ángel Casadas, vecinos de El Dique, en Ensenada, iniciaron una demanda contra YPF por daños ambientales. Los denunciantes señalaron la contaminación del Canal Lateral Oeste, que corre junto al predio industrial y se conecta con otros cursos de agua de la zona. El reclamo no se limitó a una compensación económica, sino que también exigió detener la contaminación y reparar el ambiente afectado.

A lo largo de los años se desarrollaron distintos estudios para determinar el origen y la antigüedad de los hidrocarburos presentes en los sedimentos. Según informó YPF, una investigación concluida en 2021 estableció que entre el 88% y el 91% de esos materiales se habían depositado antes de 1991. La empresa utilizó ese resultado para plantear la posible responsabilidad del Estado Nacional, teniendo en cuenta las condiciones establecidas durante su privatización.

EL GALPON

El 7 de febrero de 2022 llegó una resolución judicial clave: la empresa fue notificada de una sentencia de primera instancia que consideró acreditado el daño ambiental y ordenó su cese y recomposición. El fallo estableció responsabilidades entre YPF, el Estado Nacional y otras compañías vinculadas con el complejo petroquímico. También dispuso la presentación de planes para modificar procesos productivos y recuperar los sectores afectados, con obligaciones diferenciadas para las empresas demandadas.

La decisión fue apelada, pero el 29 de agosto de 2024 la Cámara Federal de La Plata confirmó la obligación de cesar y recomponer el daño ambiental. Posteriormente, los codemandados presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema. Según los estados financieros de YPF correspondientes a 2025, firmados en febrero de este año, el máximo tribunal todavía no había resuelto la cuestión. Por su parte, Garovaglio y Zorraquín informó en septiembre de 2026 que el monto económico de la condena aún no estaba determinado.

Mientras tanto, la Refinería La Plata continúa siendo uno de los principales complejos industriales del país, con capacidad para procesar unos 210 mil barriles diarios de petróleo y abastecer buena parte del mercado de combustibles. Sin embargo, el avance de la causa judicial plantea un desafío que va más allá de las eventuales indemnizaciones: si la sentencia queda firme, las empresas alcanzadas deberán cumplir con las obligaciones de recomposición ambiental establecidas por la Justicia.

El expediente también deja una distinción importante. Aunque existen denuncias vecinales sobre enfermedades y afecciones presuntamente vinculadas con la actividad industrial, las resoluciones mencionadas no implican que todas esas patologías hayan sido atribuidas judicialmente a la refinería. Lo que sí quedó reconocido en las dos instancias judiciales es la existencia de daño ambiental en los canales, cuya reparación permanece pendiente de una definición definitiva de la Corte Suprema.

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